Qué recoge la cuenta 410
El PGC define la 410 como las deudas con suministradores de servicios que no tienen la condición estricta de proveedores. Dicho de otra forma: proveedor es quien te vende existencias (cuenta 400) y acreedor es quien te presta un servicio de los que se registran en el subgrupo 62. El arrendador, el asesor, la eléctrica o la agencia de publicidad son acreedores. Figura en el pasivo corriente.
Esto explica por qué un autónomo de servicios (un diseñador, un programador, una consultora) apenas usa la 400: no compra mercancía para revender, y casi todas sus facturas de gasto pasan por la 410 o directamente por el banco. Si el servicio forma parte del proceso productivo, como el taller externo que te mecaniza piezas, el PGC lo lleva a la 400. Y si lo que compras es un ordenador o un mueble, la deuda no es comercial: va a proveedores de inmovilizado, en la 523 si vence a corto plazo.
Subcuentas 4100, 4104 y 4109
El cuadro de cuentas desarrolla la 410 en 4100 acreedores en euros, 4104 acreedores en moneda extranjera (por ejemplo, una herramienta que factura en dólares) y 4109 facturas pendientes de recibir o de formalizar. La 4109 es útil al cierre, cuando el servicio se prestó en diciembre y la factura llega en enero.
Movimientos de la cuenta 410: cuándo se carga y cuándo se abona
Se carga
- Por el pago total o parcial de la deuda con el acreedor, con abono a las cuentas que correspondan del subgrupo 57.
- Por la formalización de la deuda en efectos de giro aceptados, con abono a la cuenta 411.
Se abona
- Por la recepción a conformidad de los servicios, con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 62 (621, 623, 628, 629…), junto con el IVA soportado en la 472.
- Si la factura lleva retención, la 410 recoge solo el importe neto que pagarás, y la retención se abona a la 4751 para ingresarla en Hacienda.
- En su caso, por el gasto financiero devengado de un aplazamiento, con cargo, generalmente, a la cuenta 662.
Ejemplo de asiento con la cuenta 410
Una SL recibe la factura trimestral de su asesora fiscal, que es autónoma: 600 euros de honorarios, 126 euros de IVA al 21 % y una retención del 15 %, que son 90 euros. La SL la pagará a final de mes.
| Cuenta | Concepto | Debe | Haber |
|---|---|---|---|
| 623 | Servicios de profesionales independientes | 600,00 | |
| 472 | Hacienda Pública, IVA soportado | 126,00 | |
| 4751 | Hacienda Pública, acreedora por retenciones practicadas | 90,00 | |
| 410 | Acreedores por prestaciones de servicios | 636,00 | |
| Totales | 726,00 | 726,00 | |
Al pagar, la SL carga la 410 y abona la 572 por 636 euros. Los 90 euros de la 4751 los ingresa en el modelo 111 del trimestre, los 126 euros de IVA se deducen en el modelo 303 y los 600 euros de honorarios son gasto del ejercicio. Si el acreedor fuera el arrendador del local, la retención sería del 19 % y se declararía en el modelo 115.
La cuenta 410 y tus impuestos
La 410 es la base del modelo 347 en la parte de gastos: si tus operaciones con un mismo acreedor superan 3.005,06 euros en el año, IVA incluido, tienes que declararlas. Quedan fuera las operaciones en las que tú practicas retención, como los honorarios de profesionales o los alquileres con retención, porque ya las informas en los resúmenes anuales de retenciones. El resto (la luz, el teléfono, el software) se suma por acreedor desde su subcuenta.
El IVA de cada factura se deduce en el modelo 303 y el gasto que la acompaña reduce el rendimiento en el modelo 130 o la base del Impuesto de Sociedades. Las retenciones que practicas no son gasto tuyo: son dinero de Hacienda que ingresas trimestralmente.
Errores frecuentes
- Registrar en la 410 la compra de un ordenador o de mobiliario, que es inmovilizado y cuya deuda va a la 523.
- Abonar la 410 por el total de la factura sin descontar la retención, inflando la deuda con el profesional.
- Llevar a la 410 las compras de mercancía para revender, que corresponden a la 400.
Cuentas relacionadas
Guías donde aparece
- Modelo 347: la declaración de operaciones con terceros
- Modelos 111 y 115: las retenciones, explicadas
- Modelo 303: el IVA trimestral, explicado
- Modelo 130: el pago fraccionado del IRPF
Preguntas frecuentes
¿Qué va en la cuenta 410?
Las deudas con quienes te prestan servicios que no forman parte de tu producto: gestoría, abogado, alquiler, publicidad, suministros, software o seguros. Se abona cuando recibes la factura y se carga cuando la pagas.
¿Un autónomo usa la cuenta 400 o la 410?
Si presta servicios y no compra mercancía para vender, prácticamente todo va a la 410. La 400 solo aparece cuando compras existencias, como hace un comercio o un taller.
¿Qué diferencia hay entre la 410 y la 523?
La 410 es para los servicios del día a día. La 523 recoge las deudas por la compra de inmovilizado, como un ordenador, un vehículo o una máquina, cuando vencen a corto plazo.
Cómo lo lleva kontora
En kontora cada factura, gasto o movimiento del banco se anota como un asiento de doble partida en las cuentas del Plan General de Contabilidad, y los borradores de los modelos de la AEAT (303, 130, 111, 115, 200) se calculan a partir de esos asientos, casilla a casilla y con el porqué de cada cifra. El 303, el 130, el 111 y el 115 los presentas desde la propia app con tu certificado digital, con el justificante archivado; el 200 lo tienes preparado en pantalla y lo presentas en la sede. kontora te da el borrador y la contabilidad que lo respalda.
Fuente: Plan General de Contabilidad, Real Decreto 1514/2007 (cuarta y quinta parte), texto consolidado en el BOE. Contenido divulgativo; para tu caso concreto, consulta a un profesional.
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