Tu modelo 210, calculado y listo para presentar

No vives en España y tienes aquí una vivienda, una plaza de garaje o un trastero. Hacienda espera una declaración por cada inmueble, por cada propietario y por cada año. kontora calcula la tuya y te la entrega rellena; presentarla la haces tú, sin NIE y sin certificado digital.

Respuesta rápida

Si no vives en España pero tienes aquí una vivienda, una plaza de garaje o un trastero, Hacienda espera un modelo 210 por cada inmueble, por cada propietario y por cada año, aunque el inmueble esté vacío y no genere un euro. kontora calcula la cuota, prepara el modelo relleno y te entrega las instrucciones exactas para presentarlo y pagarlo desde tu banco de fuera de España: 19,95 € + IVA por declaración. La presentación la haces tú, y no te hace falta NIE ni certificado digital.

La mayoría de propietarios extranjeros descubre este impuesto tarde y por el camino caro: una carta de la AEAT, o el notario en mitad de una venta. No es un impuesto complicado; es un impuesto invisible, porque no llega ninguna carta que lo recuerde y porque el piso puede llevar años vacío sin generar ningún ingreso.

Esta página explica qué hace exactamente el servicio, qué cuesta, cuántas declaraciones te tocan y qué cosas seguimos sin hacer. Si prefieres hacerlo por tu cuenta, la guía completa del modelo 210 lleva todo lo que necesitas, gratis y con los artículos citados.

Cómo funciona

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Nos das los datos del inmueble

Referencia catastral, valor catastral del recibo del IBI, porcentaje de propiedad y fechas de compra o venta si el año no fue completo. Te decimos exactamente de dónde sacar cada dato.

2

Ves la cuota y cuántas declaraciones son

Antes de pagar nada. Con el desglose por inmueble y por titular, el tipo que te aplica y el porcentaje de imputación usado, con su motivo.

3

Te entregamos el 210 listo

Relleno, con las instrucciones de presentación y el documento de ingreso para pagar por transferencia desde tu banco. Presentar lo haces tú.

Cuántas declaraciones te tocan, y cuánto cuesta

19,95 € + IVApor declaración

El precio es plano: la misma tarifa por una vivienda, una plaza de garaje o un trastero. Lo que multiplica la factura no es nuestro precio, es una regla de la AEAT: las rentas imputadas no se pueden agrupar, así que es un modelo 210 por inmueble, por cotitular y por ejercicio (artículo 2.1.b de la Orden EHA/3316/2010).

Tu casoDeclaracionesPrecio del servicioCon IVA
Una persona, una vivienda119,95 €24,14 €
Matrimonio, una vivienda al 50 %239,90 €48,28 €
Una persona con vivienda, garaje y trastero359,85 €72,42 €
Matrimonio con vivienda, garaje y trastero6119,70 €144,84 €

Cada referencia catastral cuenta como un inmueble. Si el garaje comparte referencia catastral con la vivienda porque es un anejo inseparable, es un solo bien y una sola declaración.

Lo decimos antes de cobrar: a veces el impuesto es menor que el servicio

Un trastero de 8.000 euros de valor catastral, revisado por el municipio, en manos de un propietario residente en Alemania, genera una cuota de unos 17 euros al año. Menos que lo que cuesta prepararlo. Cuando ese es tu caso, te lo enseñamos en la misma pantalla que el precio, no en el paso de pago, y la guía gratuita se queda ahí para que lo hagas tú.

No es cortesía: ocultar que el servicio cuesta más que el impuesto sería una omisión engañosa de las que sanciona la ley de consumidores (artículos 19 y 20 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios). Preferimos perder esa venta.

Qué cubre hoy el servicio y qué no

Sí: la renta imputada de inmuebles urbanos (tipo de renta 02), que es el caso del piso, el garaje o el trastero de uso propio o vacío. Con varios cotitulares, con años incompletos por compra o por venta y con usufructo. Si eres nudo propietario te lo decimos y no te cobramos, porque quien imputa la renta es el usufructuario (artículo 85.2 de la Ley del IRPF).

Todavía no: el alquiler (tipos 01 y 35), la ganancia patrimonial por venta (tipos 28, 33 y 34), las solicitudes de devolución, los inmuebles rústicos, los que están afectos a una actividad económica y las personas jurídicas, que declaran por el modelo 213. Para esos casos las guías te explican el terreno y, cuando hay dinero de por medio, lo honesto es un gestor.

Tampoco somos una gestoría: kontora es software. No damos asesoramiento fiscal personalizado, y la presentación ante la AEAT la haces tú con lo que te entregamos.

No necesitas NIE, ni certificado digital, ni cuenta española

La vía que usamos es la predeclaración del artículo 14 de la Orden EHA/3316/2010: rellenas, obtienes un documento de ingreso con su identificador y pagas por transferencia. Si no tienes NIF español, el propio formulario de la AEAT emite un Código Identificativo (artículo 14.1.º.b).

Esa transferencia tiene cuatro trampas que cuestan plazos y recargos: el identificador caduca a los 30 días naturales, el concepto tiene que llevar únicamente ese identificador, se rechaza si sale de un banco español colaborador de la AEAT, y la fecha que vale es la del abono, no la de tu orden. Van explicadas una a una en la guía de pago desde el extranjero, y en las instrucciones que te entregamos.

Si llevas años sin presentarlo

Es lo más común, y tiene salida. Presentar tarde por iniciativa propia, antes de que la AEAT te requiera, se salda con un recargo por declaración extemporánea del artículo 27 de la Ley General Tributaria, sin sanción. Si el requerimiento llega antes, entra el régimen sancionador. La diferencia entre los dos escenarios la decides tú, y solo mientras nadie te haya escrito.

Hacienda puede revisar los cuatro últimos ejercicios no prescritos. Nosotros preparamos cada año por separado, porque cada ejercicio es su propia declaración.

Servicio de kontora

Presenta tú mismo tu modelo 210 por 19,95 € + IVA

Nos das los datos del inmueble y del titular; kontora calcula la cuota, prepara tu modelo 210 y te lo entrega listo, con las instrucciones exactas para presentarlo y pagarlo. La presentación la haces tú.

  • 19,95 € + IVA por declaración. El mismo precio para una vivienda, una plaza de garaje o un trastero.
  • Una declaración por inmueble, por cotitular y por ejercicio. Es la regla de la AEAT, no nuestra: un matrimonio con vivienda, garaje y trastero presenta seis. Por eso verás el recuento y el total antes de pagar nada.
  • Sin NIE y sin certificado digital. La predeclaración del artículo 14 de la Orden EHA/3316/2010 permite presentar y pagar por transferencia desde tu banco de fuera de España.

El servicio está a punto de abrir y el enlace de pago se publicará aquí mismo. Déjanos tu email y te avisamos el día que puedas usarlo.

Avisadme cuando abra

Las guías, gratis y con los artículos citados

Preguntas frecuentes

¿Presentáis vosotros la declaración?
No. kontora calcula la cuota y te entrega el modelo 210 relleno con las instrucciones exactas para presentarlo y pagarlo. La presentación ante la AEAT la haces tú. La presentación telemática directa está en el plan y requiere convenio de colaboración social y certificado; cuando exista, lo sabrás por nosotros y no por la letra pequeña.
¿Por qué son varias declaraciones y no una?
Porque las rentas imputadas no se pueden agrupar: el artículo 2.1.b de la Orden EHA/3316/2010 solo permite agrupar rentas que procedan del mismo bien, y la renta imputada deriva del inmueble. El propio modelo lo confirma: tiene una sola casilla de referencia catastral. Un matrimonio con vivienda, garaje y trastero presenta seis declaraciones al año.
¿Tengo que declarar si el piso está vacío y no gano nada?
Sí. El artículo 13.1.h de la Ley del IRNR somete a gravamen la renta imputada de los inmuebles urbanos no afectos a actividades económicas: la ley presume un rendimiento por el hecho de tener el inmueble a tu disposición, aunque no lo alquiles ni lo uses. Es justo el caso que más se desconoce.
¿Cuánto se paga de impuesto?
La base es el 2 % del valor catastral, o el 1,1 % si el municipio revisó sus valores catastrales por valoración colectiva general dentro de la ventana que fija el artículo 85 de la Ley del IRPF, prorrateado por los días que el inmueble fue tuyo y por tu porcentaje de propiedad. Sobre esa base se aplica el 19 % si resides en la UE, Islandia, Noruega o Liechtenstein, y el 24 % en el resto de los casos.
¿Cuándo puedo pagar el servicio?
El servicio está a punto de abrir y el enlace de pago se publicará en esta misma página. Si dejas tu email te avisamos el día que puedas usarlo, y mientras tanto las guías del modelo 210 están completas y son gratuitas.
¿Y si mi caso no encaja?
Te lo decimos antes de cobrarte, no después. Los casos que hoy quedan fuera del autoservicio (alquiler, venta en el ejercicio, inmueble afecto a una actividad, inmueble rústico o titular persona jurídica) se identifican en las primeras preguntas y se te explica por qué y a dónde ir.

¿Prefieres que esto se calcule solo?

kontora genera tus modelos casilla a casilla, te dice cuánto apartar y te avisa antes de cada plazo.

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