Qué recoge la cuenta 752
El PGC define la 752 como los ingresos devengados por el alquiler o arrendamiento operativo de bienes muebles o inmuebles cedidos para su uso a terceros. El caso típico en una SL pequeña es el local que compró hace años y que ahora alquila a otra empresa, o la plaza de garaje, la furgoneta o la maquinaria que cede de forma puntual.
La clave está en la palabra «otros» del subgrupo 75: la 752 es para alquileres que no son el negocio. Si la sociedad se dedica precisamente a alquilar inmuebles, esos ingresos forman parte de su cifra de negocios y suelen ir a la 705. Tampoco va aquí la fianza que entrega el inquilino: eso es una deuda con él, no un ingreso.
Movimientos de la cuenta 752: cuándo se carga y cuándo se abona
Se carga
- Al cierre del ejercicio, por el saldo acumulado, con abono a la cuenta 129 (resultado del ejercicio), como el resto de cuentas del grupo 7.
Se abona
- Por el importe de cada renta devengada, sin IVA, con cargo a cuentas del subgrupo 44 (deudores) si queda pendiente de cobro, o del subgrupo 57 (caja o bancos) si se cobra en el momento.
- En la práctica, si el inquilino retiene, la parte retenida se carga a la 473; el PGC solo cita los subgrupos 44 y 57.
Ejemplo de asiento con la cuenta 752
Una SL de diseño tiene en propiedad un pequeño local que ya no usa y lo alquila a una academia por 1.000 euros al mes. Factura 1.000 euros más 210 euros de IVA al 21 %. La academia, como empresaria, le retiene el 19 % de la renta (190 euros) y le transfiere 1.020 euros.
| Cuenta | Concepto | Debe | Haber |
|---|---|---|---|
| 572 | Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros | 1.020,00 | |
| 473 | Hacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta | 190,00 | |
| 752 | Ingresos por arrendamientos | 1.000,00 | |
| 477 | Hacienda Pública, IVA repercutido | 210,00 | |
| Totales | 1.210,00 | 1.210,00 | |
Los 210 euros de la 477 se declaran en el modelo 303 del trimestre. Los 190 euros de la 473 son un pago a cuenta del Impuesto de Sociedades que la SL resta al hacer su declaración anual. La academia, por su parte, ingresa esa retención en su modelo 115.
La cuenta 752 y tus impuestos
El alquiler de un local de negocio está sujeto a IVA y el arrendador lo repercute en el modelo 303. Si el inquilino es empresario o profesional, practica una retención del 19 % y la declara en su modelo 115; la SL que cobra recupera esa retención en el modelo 200 y en los pagos fraccionados del modelo 202.
El alquiler de vivienda para uso como vivienda es una operación exenta de IVA, así que la factura no lleva cuota. Los gastos del inmueble alquilado (IBI, comunidad, seguro, amortización) siguen siendo gastos de la sociedad en sus cuentas del grupo 6.
Errores frecuentes
- Anotar la renta neta cobrada (1.020 euros) como ingreso, en lugar de la base de 1.000 euros con la retención en la 473.
- Registrar la fianza del inquilino en la 752, cuando es una deuda que habrá que devolver.
- Usar la 752 en una sociedad cuyo negocio principal es precisamente alquilar inmuebles.
- Olvidar repercutir el IVA en el alquiler de un local o repercutirlo en el alquiler de una vivienda.
Cuentas relacionadas
Guías donde aparece
- Modelo 303: el IVA trimestral, explicado
- Modelos 111 y 115: las retenciones, explicadas
- Modelo 200: la declaración anual del Impuesto de Sociedades, paso a paso
Preguntas frecuentes
¿En qué cuenta va el alquiler que cobra una SL por su local?
Si alquilar no es su actividad principal, en la cuenta 752, ingresos por arrendamientos. Si la SL se dedica a alquilar inmuebles, el ingreso forma parte de su cifra de negocios y suele registrarse en la 705.
¿Qué hago con la retención del 19 % que me practica el inquilino?
La anotas en el debe de la cuenta 473 por el importe retenido. Es un pago a cuenta del Impuesto de Sociedades que la sociedad descuenta en el modelo 200 y en los pagos fraccionados.
¿El alquiler de un local lleva IVA?
Sí, el alquiler de un local de negocio lleva IVA al 21 %, que se anota en la 477. El alquiler de vivienda para que alguien viva en ella está exento.
Cómo lo lleva kontora
En kontora cada factura, gasto o movimiento del banco se anota como un asiento de doble partida en las cuentas del Plan General de Contabilidad, y los borradores de los modelos de la AEAT (303, 130, 111, 115, 200) se calculan a partir de esos asientos, casilla a casilla y con el porqué de cada cifra. El 303, el 130, el 111 y el 115 los presentas desde la propia app con tu certificado digital, con el justificante archivado; el 200 lo tienes preparado en pantalla y lo presentas en la sede. kontora te da el borrador y la contabilidad que lo respalda.
Fuente: Plan General de Contabilidad, Real Decreto 1514/2007 (cuarta y quinta parte), texto consolidado en el BOE. Contenido divulgativo; para tu caso concreto, consulta a un profesional.
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