Operación exenta de IVA

Una operación exenta de IVA es una operación sujeta al impuesto en la que, por decisión de la ley, no se repercute IVA en la factura: ocurre con la sanidad, la educación o el alquiler de vivienda, entre otras del artículo 20 de la Ley del IVA. La exención depende de la actividad, no de tu facturación, y es distinta de la operación no sujeta y de la franquicia por bajos ingresos, que en España no existe.

El matiz caro: la mayoría de estas exenciones son «limitadas», es decir, no repercutes IVA pero tampoco puedes deducir el IVA soportado ligado a esa actividad, y si mezclas actividades exentas y no exentas entra en juego la regla de prorrata. Si te han contado que puedes facturar sin IVA por ganar poco, lee nuestra guía sobre el mito de los 85.000 euros.

¿Prefieres que esto se calcule solo?

kontora genera tus modelos casilla a casilla, te dice cuánto apartar y te avisa antes de cada plazo.

Precios · Calculadoras

Devengo

Regla de prorrata

Todo el glosario