Cuenta 650: Pérdidas de créditos comerciales incobrables

Grupo 6 · Compras y gastos · Subgrupo 65 · Otros gastos de gestión

La cuenta 650 recoge la pérdida definitiva de una factura de cliente que ya no se cobrará, por una insolvencia firme. No es lo mismo que la 694, que registra solo el riesgo de impago, una pérdida estimada y reversible.

Qué recoge la cuenta 650

El PGC lleva a la 650 las pérdidas por insolvencias firmes de clientes y deudores del grupo 4. La palabra clave es firme: la deuda ya no se va a cobrar, por ejemplo porque el cliente ha terminado un concurso sin pagar, porque una sentencia lo declara insolvente o porque la empresa ha agotado razonablemente las vías de cobro.

Antes de llegar aquí, lo normal es pasar por la fase de duda. Cuando una factura se retrasa y hay riesgo serio de no cobrarla, se reclasifica a 436 y se dota un deterioro en la 694 con abono a la 490. Es una pérdida estimada: si el cliente acaba pagando, se revierte. La 650 llega al final, cuando la pérdida es definitiva y el crédito se da de baja del balance.

Si se había dotado deterioro, al reconocer la pérdida firme se cancela ese deterioro con abono a la 794, para no contar la misma pérdida dos veces. Las empresas que no hacen dotaciones intermedias registran el impago directamente en la 650.

Movimientos de la cuenta 650: cuándo se carga y cuándo se abona

Se carga

  • Por el importe de la insolvencia firme, con abono a cuentas del subgrupo 43 (clientes, 430 o 436) o del subgrupo 44 (deudores).

Se abona

  • Al cierre del ejercicio, por su saldo, con cargo a la cuenta 129.

Ejemplo de asiento con la cuenta 650

Una SL de mantenimiento tiene en la 436 una factura de 1.000 euros más 210 euros de IVA a un cliente que entró en concurso. El concurso termina sin que el cliente pague. Cumplidos los requisitos, la SL ha emitido la factura rectificativa y recupera los 210 euros de IVA que ya había ingresado.

CuentaConceptoDebeHaber
650Pérdidas de créditos comerciales incobrables1.000,00
477Hacienda Pública, IVA repercutido210,00
436Clientes de dudoso cobro1.210,00
Totales1.210,001.210,00

El crédito desaparece del balance y la pérdida de 1.000 euros reduce el resultado. Si antes se había dotado un deterioro de 1.000 euros, en ese momento se carga la 490 contra la 794 por el mismo importe. El IVA recuperado se refleja en el modelo 303 como modificación de la base imponible.

La cuenta 650 y tus impuestos

En el modelo 200, la pérdida por créditos incobrables es deducible cuando se cumplen los requisitos de la ley del impuesto: cierta antigüedad del impago, el deudor en concurso o procesado por alzamiento de bienes, o la deuda reclamada judicialmente. En el modelo 130 del autónomo las reglas son parecidas.

Para recuperar el IVA de una factura impagada hay que emitir una factura rectificativa dentro de los requisitos y plazos de la ley del IVA y declararla en el modelo 303. Si no se hace a tiempo, el IVA ingresado no se recupera.

Errores frecuentes

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Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre la cuenta 650 y la 694?

La 694 registra un deterioro, es decir, una pérdida estimada por riesgo de impago que puede revertirse. La 650 registra la pérdida definitiva de un crédito que ya no se cobrará.

¿Cuándo se usa la cuenta 650?

Cuando la insolvencia del cliente es firme: concurso terminado sin pago, sentencia que lo declara insolvente o deuda agotadas las vías de cobro. En ese momento el crédito se da de baja.

¿Se recupera el IVA de una factura incobrable?

Sí, si se cumplen los requisitos de la ley del IVA y se emite la factura rectificativa a tiempo. La cuota recuperada se declara en el modelo 303.

Cómo lo lleva kontora

En kontora cada factura, gasto o movimiento del banco se anota como un asiento de doble partida en las cuentas del Plan General de Contabilidad, y los borradores de los modelos de la AEAT (303, 130, 111, 115, 200) se calculan a partir de esos asientos, casilla a casilla y con el porqué de cada cifra. El 303, el 130, el 111 y el 115 los presentas desde la propia app con tu certificado digital, con el justificante archivado; el 200 lo tienes preparado en pantalla y lo presentas en la sede. kontora te da el borrador y la contabilidad que lo respalda.

Fuente: Plan General de Contabilidad, Real Decreto 1514/2007 (cuarta y quinta parte), texto consolidado en el BOE. Contenido divulgativo; para tu caso concreto, consulta a un profesional.

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