Cuenta 218: Elementos de transporte

Grupo 2 · Activo no corriente · Subgrupo 21 · Inmovilizaciones materiales

La cuenta 218 del Plan General de Contabilidad recoge los vehículos de la empresa para transportar personas, animales, materiales o mercancías por tierra, mar o aire: furgonetas, camiones, turismos o motos. No incluye el transporte interno de fábrica, que va a la 213.

Qué recoge la cuenta 218

El PGC define los elementos de transporte como los vehículos de todas clases utilizables para el transporte terrestre, marítimo o aéreo de personas, animales, materiales o mercaderías. La única excepción son los que deban registrarse en la 213, es decir, los de transporte interno que no salen de la fábrica o del taller, como una carretilla elevadora.

Para un autónomo o una SL pequeña la 218 suele recoger la furgoneta de reparto, el camión, la moto de mensajería o el turismo de la empresa. El coste incluye el precio del vehículo, los accesorios montados antes de la entrega (una rotulación o una baca de carga) y el impuesto de matriculación cuando lo hay. El seguro, el combustible, las reparaciones y el impuesto de circulación son gastos del ejercicio, no mayor valor del vehículo.

Un vehículo en renting no es de la empresa: las cuotas son gasto del periodo y no se pasa por la 218. En cambio, uno comprado a plazos o con préstamo sí se activa aquí, y la deuda se lleva a la cuenta que corresponda.

El vehículo pierde valor con el uso y el tiempo, así que se amortiza: la cuota anual se carga en la 681 y se acumula en la 281.

Movimientos de la cuenta 218: cuándo se carga y cuándo se abona

Se carga

  • Por el precio de adquisición, con abono, generalmente, a una cuenta del subgrupo 57, o a la 523 o la 173 si el pago al vendedor queda aplazado.
  • En la práctica, por reclasificación desde existencias cuando un vehículo que la empresa tenía para vender pasa a usarse en la actividad.

Se abona

  • Por la venta y en general por la baja del activo, con cargo, generalmente, a una cuenta del subgrupo 57 y, si hay pérdida, a la cuenta 671; si hay beneficio, la diferencia va a la 771.

Ejemplo de asiento con la cuenta 218

Una SL de instalaciones eléctricas compra una furgoneta nueva por 24.000 euros más 5.040 euros de IVA (21 %). Paga 9.040 euros en la entrega y el concesionario le aplaza el resto, 20.000 euros, a pagar dentro del año.

CuentaConceptoDebeHaber
218Elementos de transporte24.000,00
472Hacienda Pública, IVA soportado5.040,00
572Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros9.040,00
523Proveedores de inmovilizado a corto plazo20.000,00
Totales29.040,0029.040,00

Cada pago al concesionario carga la 523 y abona la 572. Al cierre se dota la amortización (681 contra 281). Como la furgoneta es un vehículo de trabajo usado solo en la actividad, el IVA de 5.040 euros se deduce en el modelo 303 del trimestre de la compra.

La cuenta 218 y tus impuestos

El IVA de un vehículo se deduce en el modelo 303 en la medida en que se use en la actividad. Para furgonetas de trabajo, vehículos de reparto o de autoescuela la afectación total es lo habitual. Con un turismo la cosa cambia: la ley presume una afectación solo parcial, y deducir más exige probar que el uso profesional es mayor.

En el IRPF del autónomo la regla es más estricta. Un turismo solo cuenta como elemento afecto si se usa exclusivamente para la actividad, salvo algunas excepciones como los vehículos de representantes o de transporte de mercancías. Si se usa también en lo personal, ni la amortización ni sus gastos reducen el rendimiento del modelo 130. La SL deduce la amortización en el modelo 200, aunque el uso personal por un socio puede tributar como retribución en especie. Los criterios fiscales de amortización están en esas guías y en el glosario de amortización.

Errores frecuentes

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Guías donde aparece

Preguntas frecuentes

¿Qué vehículos van a la cuenta 218?

Los que se usan para transportar personas, animales o mercancías fuera de las instalaciones: turismos, furgonetas, camiones, motos o embarcaciones. Los de transporte interno, como las carretillas, van a la 213.

¿Puede un autónomo deducirse el coche?

Depende del uso. El IVA se deduce en la parte afecta a la actividad, mientras que en el IRPF un turismo solo se considera afecto si se usa en exclusiva para el negocio, con algunas excepciones legales.

¿Un coche en renting va a la 218?

No. En el renting el vehículo no es tuyo; las cuotas son gasto del periodo y su IVA se deduce en la parte afecta.

¿El impuesto de matriculación es mayor valor del vehículo?

Sí. Forma parte del precio de adquisición y se carga en la 218. El impuesto de circulación anual, en cambio, es gasto del ejercicio.

Cómo lo lleva kontora

En kontora cada factura, gasto o movimiento del banco se anota como un asiento de doble partida en las cuentas del Plan General de Contabilidad, y los borradores de los modelos de la AEAT (303, 130, 111, 115, 200) se calculan a partir de esos asientos, casilla a casilla y con el porqué de cada cifra. El 303, el 130, el 111 y el 115 los presentas desde la propia app con tu certificado digital, con el justificante archivado; el 200 lo tienes preparado en pantalla y lo presentas en la sede. kontora te da el borrador y la contabilidad que lo respalda.

Fuente: Plan General de Contabilidad, Real Decreto 1514/2007 (cuarta y quinta parte), texto consolidado en el BOE. Contenido divulgativo; para tu caso concreto, consulta a un profesional.

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