Tarifa plana

La tarifa plana es una cuota reducida de autónomos, de 80 €/mes durante los primeros 12 meses de alta, pensada para facilitar el inicio de la actividad. Pasado ese periodo, la cuota pasa a calcularse según el tramo de rendimientos netos reales.

La tarifa plana se pide en el momento del alta en el RETA, no después. Solo puedes acceder si no has estado de alta como autónomo en el periodo previo que marca la norma, y si antes ya la disfrutaste, el plazo de espera es mayor. Si al terminar el primer periodo tus rendimientos netos quedan por debajo del salario mínimo, puedes solicitar una prórroga de la cuota reducida durante otro periodo.

El error más común es pensar que la tarifa plana rebaja también los impuestos. No es así: solo afecta a la cotización a la Seguridad Social. El IVA de tus facturas y el IRPF se calculan igual que para cualquier otro autónomo. Otro fallo frecuente es dejar de pagar algún recibo: estar al corriente es una condición para mantener la bonificación, y un impago puede hacer que la pierdas. También conviene prever el salto de cuota al terminar, para que no te pille sin colchón.

La tarifa plana está ligada a la cuota de autónomos, al tramo de rendimientos netos y a la domiciliación bancaria del recibo. Como cualquier cuota, el importe pagado es un gasto deducible que se anota en el libro de gastos y reduce tu rendimiento neto. En kontora puedes ver ese gasto mes a mes en la contabilidad y comparar tus rendimientos reales con el tramo que te tocará después.

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