RETA

El RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) es el régimen de la Seguridad Social en el que cotizan los autónomos, incluidos los autónomos societarios. En 2026 tiene 15 tramos de rendimientos netos, congelados desde 2025, y un tipo total de cotización del 31,5%.

Con el sistema de cotización por ingresos reales, cada autónomo elige un tramo según los rendimientos netos que prevé obtener y paga la cuota mensual correspondiente. Puedes cambiar de tramo varias veces al año si tus previsiones cambian. Al terminar el ejercicio, la Seguridad Social cruza los datos con Hacienda y regulariza: si cotizaste de menos, te reclama la diferencia; si cotizaste de más, te la devuelve.

La cuota se cobra por domiciliación bancaria cada mes y da derecho a prestaciones como la incapacidad temporal, la jubilación o el cese de actividad. Los nuevos autónomos pueden acceder a una cuota reducida durante un tiempo, si cumplen los requisitos.

El error típico es quedarse en el tramo más bajo por defecto y llevarse una regularización alta al año siguiente. Otro es pensar que no hay que cotizar si un mes no hay ingresos: la cuota se paga igual mientras estés de alta.

El RETA lo gestiona la TGSS, no la AEAT. La cuota es gasto deducible en tu IRPF si eres autónomo persona física. kontora registra la cuota en tu contabilidad para que cuente en el rendimiento neto de cada trimestre.

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