Qué recoge la cuenta 706
El PGC define la 706 como los descuentos y asimilados que la empresa concede a sus clientes por pronto pago, no incluidos en factura. La clave está en esas dos condiciones: el motivo es que el cliente paga antes de lo pactado, y el descuento se aplica después de facturar. Si el descuento ya aparece restado en la factura, no pasa por la 706: la venta se anota directamente por el neto.
Un caso típico: un distribuidor factura a 60 días y ofrece a sus clientes un 2 % si pagan en la primera semana. Un cliente paga a los cinco días descontando ese 2 %. La venta original se queda como estaba en la 700 o la 705, y el descuento se registra en la 706, que funciona como un ingreso negativo. En la cuenta de pérdidas y ganancias aparece restando del importe neto de la cifra de negocios.
Movimientos de la cuenta 706: cuándo se carga y cuándo se abona
Se carga
- Por los descuentos y asimilados concedidos, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 43 (clientes), porque reducen lo que el cliente debía.
Se abona
- Por el saldo al cierre del ejercicio, con cargo a la cuenta 129 (resultado del ejercicio).
Ejemplo de asiento con la cuenta 706
Una SL facturó a un cliente 1.000 euros más 210 euros de IVA, a 60 días. El cliente paga a la semana y aplica el descuento pactado del 2 % por pronto pago: 20 euros de base y 4,20 euros de IVA. La SL emite la factura rectificativa y cobra 1.185,80 euros.
| Cuenta | Concepto | Debe | Haber |
|---|---|---|---|
| 572 | Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros | 1.185,80 | |
| 706 | Descuentos sobre ventas por pronto pago | 20,00 | |
| 477 | Hacienda Pública, IVA repercutido | 4,20 | |
| 430 | Clientes | 1.210,00 | |
| Totales | 1.210,00 | 1.210,00 | |
La cuenta del cliente queda saldada y el ingreso neto del año se reduce en 20 euros. Los 4,20 euros cargados en la 477 rebajan el IVA a ingresar del trimestre en que se emite la rectificativa. Al cierre, la 706 se abona contra la 129.
La cuenta 706 y tus impuestos
Un descuento concedido después de la factura reduce la base imponible del IVA, pero para recuperar ese IVA tienes que emitir una factura rectificativa y declararla en el modelo 303 del periodo en que la emites. Sin rectificativa, el descuento sigue rebajando tu ingreso contable, pero el IVA repercutido no se puede reducir.
En el modelo 130 o el modelo 200 el descuento cuenta como menor ingreso. En el modelo 347 declara el importe neto de lo facturado al cliente en el año.
Errores frecuentes
- Anotar en la 706 un descuento que ya figura en la factura original, que debía restarse directamente de la venta.
- Llevar el descuento a una cuenta de gastos financieros en lugar de a la 706.
- Reducir el IVA repercutido sin haber emitido la factura rectificativa.
Cuentas relacionadas
Guías donde aparece
- Factura rectificativa: cuándo es obligatoria, cómo hacerla y cómo declararla en el modelo 303
- Modelo 303: el IVA trimestral, explicado
Preguntas frecuentes
¿Por qué la 706 está en el grupo 7 si es un descuento?
Porque el PGC la trata como un menor ingreso de las ventas, no como un gasto. Por eso tiene saldo deudor y en la cuenta de pérdidas y ganancias resta de la cifra de negocios.
¿Necesito factura rectificativa para un descuento por pronto pago?
Si el descuento se aplica después de emitir la factura y quieres rebajar el IVA repercutido, sí. Si el descuento ya figura en la factura, no hace falta porque la base ya es la neta.
¿Qué diferencia hay entre la 706 y la 709?
La 706 premia pagar antes de plazo. La 709 premia haber comprado mucho volumen. El motivo del descuento decide la cuenta.
Cómo lo lleva kontora
En kontora cada factura, gasto o movimiento del banco se anota como un asiento de doble partida en las cuentas del Plan General de Contabilidad, y los borradores de los modelos de la AEAT (303, 130, 111, 115, 200) se calculan a partir de esos asientos, casilla a casilla y con el porqué de cada cifra. El 303, el 130, el 111 y el 115 los presentas desde la propia app con tu certificado digital, con el justificante archivado; el 200 lo tienes preparado en pantalla y lo presentas en la sede. kontora te da el borrador y la contabilidad que lo respalda.
Fuente: Plan General de Contabilidad, Real Decreto 1514/2007 (cuarta y quinta parte), texto consolidado en el BOE. Contenido divulgativo; para tu caso concreto, consulta a un profesional.
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