Cuenta 210: Terrenos y bienes naturales

Grupo 2 · Activo no corriente · Subgrupo 21 · Inmovilizaciones materiales

La cuenta 210 recoge los solares urbanos, fincas rústicas, otros terrenos, minas y canteras de la empresa. Es la parte del inmovilizado material que, por regla general, no se amortiza, porque el suelo no se desgasta con el uso.

Qué recoge la cuenta 210

El PGC incluye en la cuenta 210 los solares de naturaleza urbana, las fincas rústicas, otros terrenos no urbanos, las minas y las canteras. Para una pyme lo habitual es que esta cuenta aparezca cuando compra un local, una nave o una oficina: el precio pagado se divide entre el valor del suelo, que va a la 210, y el de la edificación, que va a la 211.

La separación importa porque el terreno no se amortiza por el mero paso del tiempo, mientras que la construcción sí. Para repartir el precio suele usarse la proporción entre valor del suelo y valor de la construcción que figura en el recibo del IBI o en la referencia catastral, salvo que haya una tasación mejor. En el precio de adquisición entran también los gastos inherentes a la compra, como notaría, registro y el impuesto que grave la operación.

Solo se lleva a la 210 el terreno que la empresa usa en su actividad. Si lo compra para alquilarlo o para venderlo más adelante como inversión, el PGC lo clasifica en otros subgrupos (inversiones inmobiliarias o existencias).

Movimientos de la cuenta 210: cuándo se carga y cuándo se abona

Se carga

  • Por el precio de adquisición o el coste de producción, con abono, generalmente, a una cuenta del subgrupo 57, a la 523 si queda pendiente o a cuentas del subgrupo 22 o 23 según el caso.
  • Por su cambio de uso, cuando un terreno pasa a usarse en la actividad, con abono a la cuenta de origen.

Se abona

  • Por la venta, por su cambio de uso y en general por su baja del activo, con cargo, generalmente, a una cuenta del subgrupo 57 o del 22 y, si hay pérdida, a la cuenta 671.

Ejemplo de asiento con la cuenta 210

Una SL de jardinería compra a un particular una finca rústica para su vivero por 40.000 euros. Paga además 3.000 euros entre el impuesto de la transmisión, la notaría y el registro, y para simplificar suponemos que esos gastos no llevan IVA deducible.

CuentaConceptoDebeHaber
210Terrenos y bienes naturales43.000,00
572Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros43.000,00
Totales43.000,0043.000,00

La finca queda en el activo por 43.000 euros y ahí se mantiene, sin amortización anual, hasta que se venda. Si la notaría o el registro facturan con IVA, la cuota iría a la 472 y se deduciría en el modelo 303 en lugar de sumarse al precio.

La cuenta 210 y tus impuestos

Como el terreno no se amortiza, no genera gasto deducible año a año ni en el modelo 200 de la SL ni en el rendimiento del autónomo. Su efecto fiscal aparece al venderlo: la diferencia entre el precio de venta y el coste es un beneficio o una pérdida del inmovilizado. Si la compra se documenta con IVA, la cuota se deduce en el modelo 303.

Al comprar un inmueble, aplicar mal el reparto entre suelo y construcción tiene consecuencias fiscales: si cargas de más la 211, amortizas un importe que Hacienda no admite. Consulta el concepto de amortización en el glosario.

Errores frecuentes

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Preguntas frecuentes

¿Se amortiza la cuenta 210?

Por regla general, no. El suelo no pierde valor por el uso, así que la cuenta 210 no lleva amortización anual, a diferencia de la construcción de la 211.

¿Cómo separo el suelo y el edificio al comprar un local?

Lo habitual es usar la proporción entre valor del suelo y valor de la construcción del recibo del IBI o de una tasación. La parte del suelo va a la 210 y la del edificio a la 211.

¿Qué pasa contablemente al vender un terreno?

Se abona la 210 por su valor contable y se carga el banco por el cobro. Si se vende por más, la diferencia es un beneficio en la 771; si se vende por menos, una pérdida en la 671.

Cómo lo lleva kontora

En kontora cada factura, gasto o movimiento del banco se anota como un asiento de doble partida en las cuentas del Plan General de Contabilidad, y los borradores de los modelos de la AEAT (303, 130, 111, 115, 200) se calculan a partir de esos asientos, casilla a casilla y con el porqué de cada cifra. El 303, el 130, el 111 y el 115 los presentas desde la propia app con tu certificado digital, con el justificante archivado; el 200 lo tienes preparado en pantalla y lo presentas en la sede. kontora te da el borrador y la contabilidad que lo respalda.

Fuente: Plan General de Contabilidad, Real Decreto 1514/2007 (cuarta y quinta parte), texto consolidado en el BOE. Contenido divulgativo; para tu caso concreto, consulta a un profesional.

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