Si durante el año has presentado el modelo 115, porque alquilas un local u oficina para tu actividad, en enero toca el 180 como resumen anual. Mientras que en cada trimestre declarabas solo el total retenido, aquí hay que identificar a cada arrendador: su NIF, los datos del inmueble alquilado, la renta pagada y la retención que le practicaste.
Hacienda usa esta información para comprobar que el propietario declara esos alquileres en su renta o en su Impuesto sobre Sociedades, y para que pueda descontarse las retenciones que tú ingresaste por él. Por eso conviene que los datos coincidan con el contrato y con las facturas del casero.
El error típico es que el total del 180 no coincida con lo declarado en el modelo 115, sumando los cuatro trimestres, normalmente porque una mensualidad se pagó con retraso y se declaró en otro trimestre, o porque cambió el propietario a mitad de año y no se reflejó. Otro fallo habitual es identificar mal el inmueble, sobre todo cuando se alquilan varios locales al mismo arrendador.
Junto con el 180 es buena práctica entregar al propietario un certificado con las retenciones del año. Igual que el 115, solo lo presenta el inquilino que tiene obligación de retener; si tu alquiler está exento de retención, no tienes que presentarlo.En kontora los modelos se preparan casilla a casilla desde la contabilidad de doble partida, con avisos de plazo, y los presentas desde la propia app con tu certificado digital (303, 130, 111, 115 y 123 en presentación directa; 349, 347, 190, 180 y 193 por TGVI), o lo hace tu asesor.
Guías donde aparece
- Declaración trimestral de autónomos: qué modelos presentas cada trimestre y hasta qué fecha
- Modelos 111 y 115: las retenciones, explicadas
- Obligaciones fiscales y contables de una SL en España
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