Qué recoge la cuenta 120
El PGC la define como los beneficios no repartidos ni aplicados específicamente a ninguna otra cuenta, tras la aprobación de las cuentas anuales y de la distribución de resultados. Es un saldo de espera: la junta no quiere repartir todo el beneficio como dividendo, pero tampoco quiere comprometerlo como reserva voluntaria, y lo deja en la 120 para decidir más adelante.
En la práctica de una SL pequeña se usa sobre todo para redondeos (cuando el dividendo se fija en una cifra redonda y sobran unos euros) o cuando el socio no tiene claro si va a necesitar el dinero. Es de libre disposición, igual que la 113, y el resultado práctico es muy parecido: la diferencia es más de intención que de efecto.
Movimientos de la cuenta 120: cuándo se carga y cuándo se abona
Se carga
- Por su aplicación o disposición, por ejemplo al repartirlo como dividendo, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 57.
- Por su traspaso a reservas, con abono a cuentas del subgrupo 11, como la 113.
Se abona
- Al aplicar el resultado del ejercicio, por el beneficio que la junta deja como remanente, con cargo a la cuenta 129.
Ejemplo de asiento con la cuenta 120
El año pasado la junta de una SL dejó 4.000 euros de beneficio en la 120 porque no sabía si iba a necesitarlos para una inversión. La inversión se aplaza y, al aprobar las cuentas de este año, la junta decide pasar ese remanente a reservas voluntarias.
| Cuenta | Concepto | Debe | Haber |
|---|---|---|---|
| 120 | Remanente | 4.000,00 | |
| 113 | Reservas voluntarias | 4.000,00 | |
| Totales | 4.000,00 | 4.000,00 | |
El patrimonio neto no cambia: solo cambia la etiqueta del beneficio acumulado. Si en vez de eso la junta hubiera acordado repartirlo, la 120 se habría cargado contra la deuda con los socios por el dividendo y, al pagarlo, contra el banco, con la retención correspondiente. Ninguno de los dos movimientos afecta al resultado del ejercicio.
La cuenta 120 y tus impuestos
El remanente es beneficio que ya tributó en el modelo 200 del año en que se obtuvo, así que moverlo a reservas no genera ningún impuesto nuevo para la sociedad. Si se reparte, el socio persona física tributa por el dividendo en su IRPF como rendimiento del capital mobiliario, y la SL practica la retención y la ingresa a Hacienda; lo tienes en la guía de repartir dividendos.
Errores frecuentes
- Confundir el remanente con el resultado del ejercicio de la 129: el remanente viene de años ya cerrados y aprobados.
- Repartir el remanente cuando hay pérdidas anteriores en la 121 que dejan el patrimonio neto por debajo del capital.
- Dejar el remanente acumulándose año tras año sin decidir, cuando una reserva voluntaria refleja mejor la intención.
Cuentas relacionadas
Guías donde aparece
- Repartir dividendos en una SL: qué exige la ley, qué se retiene y qué paga el socio
- Cuentas anuales de una SL: formulación, aprobación, depósito y qué pasa si no las presentas
Preguntas frecuentes
¿Qué es el remanente en contabilidad?
Es el beneficio que la junta no reparte ni aplica a ninguna reserva concreta al aprobar las cuentas. Se anota en la cuenta 120 y queda pendiente de una decisión futura.
¿Qué diferencia hay entre remanente y reservas voluntarias?
Las dos son de libre disposición y forman parte de los fondos propios. La reserva voluntaria refleja una decisión de dejar el beneficio en la empresa; el remanente es un saldo pendiente de aplicar.
¿Se puede repartir el remanente como dividendo?
Sí, por acuerdo de la junta, siempre que el patrimonio neto no quede por debajo del capital social. El dividendo lleva retención y tributa en el IRPF del socio.
Cómo lo lleva kontora
En kontora cada factura, gasto o movimiento del banco se anota como un asiento de doble partida en las cuentas del Plan General de Contabilidad, y los borradores de los modelos de la AEAT (303, 130, 111, 115, 200) se calculan a partir de esos asientos, casilla a casilla y con el porqué de cada cifra. El 303, el 130, el 111 y el 115 los presentas desde la propia app con tu certificado digital, con el justificante archivado; el 200 lo tienes preparado en pantalla y lo presentas en la sede. kontora te da el borrador y la contabilidad que lo respalda.
Fuente: Plan General de Contabilidad, Real Decreto 1514/2007 (cuarta y quinta parte), texto consolidado en el BOE. Contenido divulgativo; para tu caso concreto, consulta a un profesional.
¿Prefieres que esto se calcule solo?
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