En la SL el capital debe quedar íntegramente desembolsado al firmar la escritura de constitución, y desde la Ley 18/2022 el mínimo es de 1 euro; a cambio, hasta que la reserva legal sumada al capital alcance los 3.000 euros, al menos el 20% del beneficio de cada ejercicio debe ir a esa reserva. Más detalle sobre la forma societaria en sociedad limitada.
En la práctica, el capital en dinero se ingresa en una cuenta a nombre de la sociedad antes de ir al notario, que pide el certificado bancario del depósito; si se aporta en bienes, hay que describirlos y valorarlos en la escritura. Una vez constituida la SL, ese dinero ya es de la sociedad y puede usarse para pagar gastos del negocio: no tiene que quedarse inmóvil en el banco.
Error típico: confundir capital con caja. Que la sociedad tenga poco capital no impide que tenga mucho dinero en el banco, y al revés. Otro error es pensar que constituir con el mínimo no tiene consecuencias: mientras no se llegue al umbral que marca la ley, parte de los beneficios queda retenida en la reserva legal y no se puede repartir.
El capital aparece en el patrimonio neto del balance, dentro de las cuentas anuales, y cualquier ampliación o reducción se inscribe en el Registro Mercantil. En kontora lo ves en el balance de tu contabilidad por partida doble.
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