Calculadora de retenciones 111 y 115

Respuesta rápida

Con el modelo 111 ingresas las retenciones de IRPF de las facturas de profesionales (15%, o 7% si acaban de darse de alta) y de las nóminas; con el modelo 115, la retención del alquiler de tu local u oficina (19%). Introduce las bases y la herramienta calcula ambas retenciones.

Esta calculadora responde a una pregunta muy concreta: cuánto tienes que retener e ingresar en Hacienda cuando pagas la factura de un profesional o el alquiler de tu local. Introduces la base de la factura (su importe sin IVA) y, si procede, la base del alquiler, y la herramienta aplica el tipo que corresponde: 15% para un profesional, 7% si acaba de darse de alta y 19% para el alquiler de un local u oficina.

El punto que más confunde a quien empieza a facturar en España es quién asume esta obligación. La retención no la ingresa quien cobra, sino quien paga: tú descuentas ese porcentaje de lo que pagas y lo ingresas en Hacienda en nombre de la otra persona, a cuenta de su IRPF. Con el modelo 111 declaras las retenciones de profesionales y nóminas, y con el 115 la del alquiler. Todo el cálculo ocurre en tu navegador y no se envía a ningún sitio: es una estimación orientativa para hacer números antes del trimestre, no tu declaración.

Importe sin IVA de la factura recibida.
Renta mensual sin IVA. Déjalo en 0 si no aplica.
Retención modelo 111 ()
Retención modelo 115 (19 %)

La retención la practica y la ingresa quien paga, no quien cobra: es un adelanto del IRPF de quien la soporta. Estimación orientativa.

Quién retiene e ingresa: el que paga, no el que cobra

La regla básica de las retenciones sorprende a mucha gente: la obligación recae en quien paga, no en quien cobra. Cuando pagas la factura de un profesional o la renta de tu local, descuentas un porcentaje del importe, se lo pagas de menos a la otra persona y ese descuento lo ingresas tú en Hacienda en su nombre.

Por eso, si eres tú quien recibe esas facturas o paga ese alquiler, eres el retenedor: te toca calcular la retención, practicarla e ingresarla cada trimestre. La persona que cobra recibe menos dinero, pero no ingresa nada por esa retención, porque ya lo has hecho tú por ella.

Esta calculadora se pone en tu lugar, el de quien paga. Si lo que quieres es entender la retención que aparece descontada en tu factura cuando eres el profesional que cobra, la aritmética es la misma, pero ese número lo ingresa tu cliente, no tú.

Modelo 111 y modelo 115: qué recoge cada uno

Son dos declaraciones distintas para dos tipos de retención, y la calculadora te da las dos por separado:

Introduce la base de la factura del profesional y la base del alquiler (cualquiera de las dos puede ir a cero) y la herramienta calcula la retención de cada una y el importe que ingresarías con cada modelo. Tienes los plazos, los resúmenes anuales y las excepciones en la guía de los modelos 111 y 115.

El 7% del profesional recién dado de alta

Hay una excepción que rebaja el 15% al 7%: la de los profesionales que acaban de empezar. Se aplica durante el año en que se dan de alta y los dos años naturales siguientes, siempre que no hubieran ejercido ninguna actividad profesional en el año anterior.

El tipo reducido no es automático para quien paga: el profesional tiene que comunicártelo por escrito. Si te lo comunica, marcas la casilla del 7% en la calculadora y aplicas ese tipo; si no, se aplica el 15% general. Pasada la ventana de esos tres años, se vuelve al 15%.

Cuidado con no confundir este 7% con otras cifras parecidas de la fiscalidad de autónomos: aquí hablamos solo del tipo de retención de la factura de un profesional que acaba de darse de alta.

La retención es un adelanto del IRPF de quien la soporta

La retención no es un impuesto nuevo ni dinero perdido para nadie. Es un adelanto del impuesto sobre la renta de la persona que la soporta. Cuando retienes el 15% de la factura de un profesional, ese profesional está pagando por adelantado una parte de su IRPF, y lo mismo ocurre con el 19% que el casero soporta sobre el alquiler.

Esa persona resta después todas sus retenciones en su declaración de la Renta. Si a lo largo del año le retuvieron más de lo que le corresponde pagar, Hacienda le devuelve la diferencia. Para ti, que pagas e ingresas, no es un gasto: es dinero que descuentas de lo que ya ibas a pagar y que trasladas a Hacienda por cuenta de la otra persona.

Si eres tú quien cobra con retención y quieres calcular cuánto apartar para tus propios impuestos, te puede venir bien la calculadora de cuánto reservar.

Qué hace esta calculadora y qué no

La herramienta hace una cosa y la hace bien: coge las bases que introduces, aplica el tipo correcto (15%, 7% o 19%) y te enseña la retención de cada modelo. Todo el cálculo ocurre en tu navegador; no se envía ni se guarda nada.

Lo que te da es una estimación orientativa para anticipar números antes del trimestre, no una declaración presentable. No incluye las retenciones de nóminas (que dependen del sueldo y de la situación personal de cada empleado), ni los casos en los que el alquiler está exento de retención, ni los resúmenes anuales 190 y 180.

kontora lleva esto un paso más allá: a partir de tus facturas recibidas, nóminas y alquileres genera el borrador del 111 y del 115 casilla a casilla y te avisa de cada plazo. Presentar el modelo en la sede de la Agencia Tributaria lo sigues haciendo tú.

Preguntas frecuentes

¿Quién ingresa la retención, yo o el profesional al que pago?
La ingresas tú, que eres quien paga. Descuentas el porcentaje de la factura o del alquiler, pagas de menos a la otra persona y presentas ese importe en Hacienda con el modelo 111 (profesionales y nóminas) o el 115 (alquiler). Quien cobra no ingresa nada por esa retención.
¿Cuándo se aplica el 7% en vez del 15%?
Cuando el profesional acaba de darse de alta: durante el año de alta y los dos siguientes, si no ejerció una actividad profesional el año anterior. Además debe comunicártelo por escrito. Pasado ese periodo, se vuelve al 15% general.
¿La retención se calcula sobre el importe con IVA o sin IVA?
Sobre la base, es decir, el importe sin IVA. En la factura de un profesional, la retención y el IVA se calculan ambos sobre esa misma base; en el alquiler, el 19% se aplica sobre la renta sin IVA.
¿Esta calculadora presenta el modelo 111 o el 115 por mí?
No. Es una estimación orientativa que calculas en tu navegador, no una declaración. Ninguna calculadora presenta modelos por ti: la presentación se hace en la sede de la Agencia Tributaria. Un software de contabilidad puede prepararte el borrador, pero el envío lo haces tú.
¿Tengo que retener si pago el alquiler de mi local?
Con carácter general sí: el 19% de la renta, sin IVA, que ingresas con el modelo 115. Hay excepciones (por ejemplo, si el arrendador acredita estar dado de alta en el epígrafe de alquiler de inmuebles), que se explican en la guía de los modelos 111 y 115.

¿Prefieres que esto se calcule solo?

kontora genera tus modelos casilla a casilla, te dice cuánto apartar y te avisa antes de cada plazo.

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