Una sanción tributaria es la multa que impone la AEAT por incumplir una obligación fiscal, y las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves según el perjuicio causado y si hubo ocultación o medios fraudulentos. No es lo mismo que un recargo: la sanción llega cuando Hacienda te reclama o detecta la infracción; el recargo, cuando te adelantas tú y regularizas sin requerimiento.
La cuantía puede reducirse un 30% si aceptas la regularización (conformidad) y, sobre lo que quede, otro 40% si pagas en plazo y no recurres, según el artículo 188 de la Ley General Tributaria. Recurrir es legítimo, pero hace perder esas reducciones.
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