Declaración complementaria

La declaración complementaria sirve para corregir una autoliquidación ya presentada cuando la corrección supone ingresar más o recibir menos devolución, pero hoy solo pervive en los modelos y periodos donde aún no está implantada la autoliquidación rectificativa. En los principales modelos ya no se usa: en IVA desde el tercer trimestre de 2024, en IRPF desde la Renta 2024 y en Sociedades 2024, la rectificativa es la única vía de corrección, tanto para ingresar más como para las correcciones a tu favor.

El cambio lo introdujo el Real Decreto 117/2024, que sustituye el antiguo sistema dual de complementaria más solicitud de rectificación por una figura única. Donde la complementaria sigue aplicándose, se presenta en el mismo modelo y periodo que corriges, indicando lo ya ingresado en su día; si además llega fuera de plazo y sin requerimiento, se le añade el recargo del artículo 27 de la Ley General Tributaria.

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